martes, 29 de abril de 2014

Planifiquemos juntos a Valera. Artículo de Opinión Diario de Los Andes

Planifiquemos juntos a Valera         
escrito por *Marcos Guerrero     
martes, 29 de abril de 2014

En el Artículo anterior, expresé algunos planteamientos relativos al Consejo Local de Planificación Pública, denominado comúnmente por sus iniciales Clpp, donde resalté la importancia de dicho órgano del Poder Público Municipal, dejando claro que desde allí debe orientarse la Planificación de la Valera del futuro, la Valera que deseamos y soñamos. Este espacio, Clpp, debe servir para analizar y considerar proyectos en pro de la ciudad de Valera, de cómo hacer para resolver metódicamente sus problemas, debilidades actuales, todo ello a los fines de desaparecerlos en el futuro.

El Clpp es el órgano integrador del gobierno municipal con las comunidades organizadas, donde juntos se inmiscuyen en el proceso de planificación para lograr el desarrollo del municipio. Es conveniente definir planificación y según la ley de Planificación Pública es el "Proceso de formulación de planes y proyectos con vista a su ejecución racional y sistemática, en el marco de un sistema orgánico nacional, que permita la coordinación, cooperación, seguimiento y evaluación de las acciones planificadas, de conformidad con el proyecto nacional plasmado en la Constitución de la República y en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.", y ella debe darse de acuerdo con un ciclo que es el siguiente: primero se detectan las necesidades a través de un diagnóstico perceptivo, donde se involucra lo comunitario con lo técnico; segundo se planifica, dejando constancia de cuál o cuáles son los objetivos o metas a formularse, las políticas para alcanzar dichos objetivos, se diseña el seguimiento del plan, el control y los ajustes, y por último se le asignan los recursos observando la viabilidad socio política, técnica y financiera.

La Planificación, es un ciclo que descansa en tres pilares fundamentales: efectividad, ataca las necesidades, la eficacia porque llega o se acerca al objetivo o meta trazada y en la eficiencia por cuanto los recursos invertidos se usan correctamente sin desviaciones. Si se cumplen estas tres palabras precedidas por la letra "e", estaríamos en presencia de un perfecto ciclo de planificación que nos llevaría al desarrollo de la ciudad.

Valera necesita que se abra un debate sobre su  futuro, y que empecemos todos, comunidades y organizaciones sociales, corporaciones universitarias, entes públicos y privados, sin distingos políticos o económicos a discutir y presentar proyectos sobre lo que queremos a nivel social, económico, vial, territorial, urbanístico, turístico, comercial, industrial, ambiental, cultural, deportivo, recreacional, entre otras, por lo cual desde aquí invito a todos los valeranos a involucrarse en la planificación de la ciudad del futuro inmediato y a largo plazo, todos debemos opinar, todos debemos participar y que el plan de desarrollo municipal y los de inversión que se formulen pertenezcan a los habitantes de Valera, que seamos los valeranos que defendamos el plan de desarrollo, exijamos los recursos para que avance, y que articulemos ese plan municipal con los restantes que debe coexistir como: el Plan estadal, el regional y el nacional, a los fines de buscar el desarrollo de la Nación partiendo desde lo local, que definitivamente salgamos del atraso donde estamos sumergidos por falta de planificación, y dejar ya el "seguir haciendo como vaya viniendo".


  @MARCOSGUER100 / marcosguer100@gmail.com

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martes, 22 de abril de 2014

Planificación de Valera desde el Clpp. Artículo de Opinión Diario de Los Andes

Planificación de Valera desde el Clpp
escrito por *Marcos Guerrero     
martes, 22 de abril de 2014


El Artículo 182 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Crbv) crea el Consejo Local de Planificación Pública (Clpp), el cual debe estar presidido por el Alcalde e integrado por los concejales y concejalas del municipio, los Presidentes o Presidentas de las Juntas Parroquiales y los representantes de las organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada, y sobre ella recae la función de planificación, que es una de las cuatro funciones que la Ley (Loppm) le atribuye al Poder Público Municipal.

El Clpp es el órgano encargado de diseñar el Plan Municipal de Desarrollo, el plan de inversión, el de desarrollo urbano y los demás planes municipales, en concordancia con el Plan o Planes Nacionales y estadales (art. 111 Loppm), es decir, es el ente municipal que tiene por función pensar o diseñar la ciudad del futuro, aprobar el o los planes de inversión municipal, todo ello garantizando la participación ciudadana en la formulación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los referidos planes. De allí que el Consejo Local de Planificación Pública debe trazar el camino para promover el presupuesto participativo, dispuesto desde abajo, a partir las comunidades, hacia arriba, que es donde finalmente se formula el presupuesto municipal.

Hasta aquí esbozamos lo institucional o el deber ser de los Consejos Locales de Planificación Pública, pero resulta trágico para la vida local, que hasta estos momentos el órgano Municipal de Planificación no haya podido transitar hacia sus verdaderos objetivos: Pensar o soñar la ciudad valerana del mañana, por cuanto desde la toma de posesión del Alcalde de Valera, sólo se haya podido dar una (01) reunión con el Quórum reglamentario establecido, las otras reuniones han sido totalmente infructuosas o impracticables por falta de quórum, es decir, van 100 días que por discrepancias políticas ha sido imposible reunir la plenaria del Clpp, a pesar de haberse convocado públicamente por el Alcalde a través de la prensa local.

No es la idea que el Clpp sea subyugado por Oficialistas o por Oposicionistas, lo correcto es que esté conformado por vecinos dolientes de la ciudad, que se dediquen a trabajar por ella, a pensarla, a diseñarla para nuestros nietos, bisnietos, y demás descendientes, y no caer en un juego desdichado que no beneficia a nadie, indudablemente que perjudica a todos, nos deja sin planificación estratégica de lo que queremos y soñamos para Valera. Lo saludable para todos es que el Clpp, como instancia de planificación, se convierta en el órgano democrático de discusión, donde los proyectos e ideas más convenientes para la ciudad sean los aprobados, y dejar el saboteo a un lado, por cuanto no se perjudica al Alcalde, sino que se lesiona a la ciudad, y por ende a sus habitantes.

Por ello la nueva estructuración del Clpp debe orientarse a conservar o buscar a verdaderos consejeros que velen por la ciudad, que piensen o diseñen la metrópoli valerana del mañana, la Valera humana y de calidad que deseamos y no a quienes buscan beneficiarse de posibilidades para el chantaje y la obstrucción en perjuicio de la colectividad valerana, el Clpp debe ser un órgano de planificación de la urbe de Mercedes Díaz, donde se oriente de manera exitosa el desarrollo integral de esta golpeada y maltratada ciudad, que busca renacer desde las cenizas donde la dejaron. 
@MARCOSGUER100 / marcosguer100@gmail.com 

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martes, 1 de abril de 2014

La comuna y otras entidades locales. Artículo de Opinión Diario de Los Andes

La comuna y otras entidades locales      
escrito por *Marcos Guerrero  
martes, 01 de abril de 2014


El Artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (en lo adelante Loppm), fue uno de los reformados en el año 2010 con la finalidad de incrustar a la comuna como entidad local, denominándola de la siguiente manera: "Artículo 19. Además de los municipios, son entidades locales territoriales: 1. La comuna; 2. Los distritos metropolitanos; 3. Las áreas metropolitanas; 4. Las parroquias y demarcaciones dentro del territorio del Municipio, tales como la urbanización, el barrio, la aldea y el caserío. (...)".

Dice la Loppm que las parroquias y las entidades locales, dentro del territorio municipal, son demarcaciones creadas con el objeto de desconcentrar la gestión municipal, promover la participación ciudadana y la mejor prestación de los servicios públicos municipales. Ahora bien, para proceder a la creación de las parroquias y las otras entidades locales, es necesario que se apruebe una ordenanza con una votación mínima de las tres cuartas partes (3/4) de sus integrantes, votación ésta calificada, que lleva a pensar que el legislador lo previó así a los fines de evitar que con una mayoría simple se procediera a la creación y proliferación de entidades locales, siendo esto positivo en la ley.

La Loppm, señala igualmente, que la comuna, como entidad local territorial especial, también puede conformarse dentro del ámbito de dos municipios limítrofes, sin que ello signifique la afectación de la integridad territorial de los municipios donde se constituya, hecho éste muy importante donde existen municipios que prácticamente es difícil apreciar sus linderos, dado el carácter homogéneo de los rasgos sociológicos, culturales y económicos de la población asentada.

La iniciativa para la creación de las parroquias y otras entidades locales dentro del territorio municipal corresponde: a. Los ciudadanos y ciudadanas inscritas en el Registro Electoral en un número no menor del 15% de residentes del territorio que servirá de base a la entidad local, en solicitud motivada al Concejo Municipal; b. Al alcalde o alcaldesa, mediante solicitud razonada al Concejo Municipal; c. Al Concejo Municipal, mediante acuerdo razonado de la mayoría de sus integrantes.

En conclusión, es importante resaltar que la Loppm fue reformada a los fines de implantar, y ante las críticas a la figura de la Comuna, armonizarla dentro del ámbito municipal, como entidad local territorial, con la advertencia de que para constituirla es necesario contar con la venia de las ¾ partes de los miembros del Concejo Municipal a los efectos de la aprobación de la ordenanza donde se decide su creación.


@MARCOSGUER100/ marcosguer100@gmail.com
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