martes, 18 de febrero de 2014

El poder público municipal y sus órganos. Artículo de Opinión Diario de Los Andes

El poder público municipal y sus órganos   
escrito por *Marcos Guerrero       
martes, 18 de febrero de 2014

El Municipio está concebido como una rama del Poder Público al dividirse por mandato constitucional en Poder Nacional, Poder Estadal y Poder Municipal, poder último este que a su vez se divide en cuatro (4) grandes Poderes los cuales son: Ejecutivo, representado por el Alcalde; Legislativo, personificado por el Concejo Municipal; Contralor, encarnado por la Contraloría Municipal; y el Planificador, constituido por el Consejo Local de Planificación Pública (Clpp), cada uno de ellos con funciones y atribuciones muy específicas y bien delimitadas.

El Poder Ejecutivo Municipal, con el Alcalde como su principal representante, le compete la función ejecutiva, el gobierno y la administración del municipio, velando por la eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios públicos de su competencia, tiene carácter de funcionario público de los denominados de elección popular, es la primera autoridad civil, política y policial del municipio, de igual modo es el representante legal de la entidad municipal. Es electo por votación universal, directa y secreta, se puede reelegir por una sola vez para un nuevo período, y se requiere ser venezolano para asumir tal posición política.
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