martes, 15 de julio de 2014

Regularización de la tenencia de la tierra urbana. Artículo de Opinión Diario de Los Andes

Regularización de la tenencia de la tierra urbana
Diario de Los Andes 15 de julio de 2014
Por: *Marcos Guerrero
 
Adjudicar propiedad de la tierra a la población más vulnerable
El problema de la tenencia de la tierra es ancestral, y actualmente sigue vigente, cuantiosas familias ocupando tierras públicas y privadas, necesitando su titularidad a los efectos, entre otras cosas, de gestionar créditos para remodelar sus  viviendas y poder mejorar la calidad de vida de su núcleo familiar, así como proveer de servicios públicos, calles y avenidas y su respectivo trazado urbanístico.

En fecha 6 de julio de 2006, fue publicada en Gaceta Oficial La Ley Especial de Regularización Integral de la Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos Populares y posteriormente, en fecha 6 de mayo de 2011, fue reformada para dar paso a la Ley Especial de Regularización Integral de la Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos o Periurbanos. Dicha ley, trata de materializar la tenencia de la tierra ocupada por la población en los asentamientos urbanos o periurbanos consolidados, dotando de titularidad en la tenencia de la tierra al grupo familiar, acotando que debe protegerse y atenderse, en situaciones de conflicto intrafamiliar, el principio del interés superior del niño, niña y adolescente.

En diversas oportunidades, varios abogados hemos sostenido el criterio que hay que acabar con la comercialización de la tierra urbana, verdaderas mafias que se enquistan en las luchas comunales a los fines de solicitar dádivas a los necesitados por obtener la regularización de la titularidad de su terreno. Es por ello que deben llevarse registros y censos continuos, por parte de los Comités de Tierras Urbanas (CTU) para verificar quienes realmente están en situación de ocupación de tierras públicas o privadas a los cuales no se haya reconocido el derecho a obtener los respectivos títulos de adjudicación en propiedad, es decir debe cumplirse con la naturaleza social de la ley.

La Ley Especial de Regularización Integral de la Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos y Periurbanos, prácticamente observa dos procedimientos de regularización de tenencia de la tierra urbana, uno a mi apreciación para las tierras de índole público y otro para las tierras de particulares. El procedimiento para las tierras públicas es el que finaliza con el otorgamiento del título de adjudicación en propiedad, que se confiere bajo la naturaleza de propiedad familiar o colectiva, la primera el Estado (a través de la Nación, estado o Municipio) le cede a la familia el derecho a usar, gozar y disponer de la tierra urbana de su propiedad, y la segunda, la colectiva, es el derecho que se le otorga al Comité de Tierras Urbanas (CTU) para el aprovechamiento común, bien sea público o privado, y mediante el cual también se transfieren los derechos de uso, goce, disfrute y disposición de la tierra.

Ahora bien, el procedimiento para beneficiarse de la regularización de la tenencia de la tierra urbana, en espacios geográficos o asentamientos consolidados de poblaciones en tierras de índole privado o que pertenecen a particulares, es el procedimiento especial de prescripción adquisitiva para la regularización de la tenencia de las tierras privadas, las cuales se hacen a través de acto administrativo emanado del Instituto Nacional de Tierras Urbanas (Intu), pero que pueden iniciarse desde el Comité de Tierras Urbanas.

En fin, desde mi particular criterio, la ley es de suma importancia social y lo trascendente  es deslastrar a los movimientos comunales de personajes encargados de la comercialización de la tierra, y así lograr que se cumpla con el cometido de proveer a las clases sociales más vulnerables de sus pertinentes títulos de adjudicación de tierra a los efectos de evitar desalojos arbitrarios y que pueda el beneficiario optar por créditos habitacionales para remodelación de sus viviendas a través de instituciones bancarias y mejorar la calidad de su entorno familiar. 

  @MARCOSGUER100 / marcosguer100@gmail.com

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